El incidente se produjo cuando el Defensor del Pueblo acudió a visitar el Canódromo y pese a identificarse, con el objetivo de verificar las condiciones en que se encuentran miles de vehículos ocupados por parte de ese organismo, a raíz de quejas presentadas por los ciudadanos de que no cuidan los vehículos retenidos, los entregan en malas condiciones o piden dinero a cambio.
DECLARACIÓN DE LA FIO
Ante los hechos acaecidos el pasado 11 de abril en República Dominicana, donde el Presidente de la FIO y Defensor del Pueblo de la República Dominicana, Pablo Ulloa, fue víctima de un atropello en el marco de una visita de inspección, en un centro de retención vehicular en la capital del país.
La Federación Iberoamericana del Ombudsman, condena la agresión de la que fueron víctima tambien, el personal de la institución que lo acompañaba, así como periodistas de diferentes medios de comunicación por agentes de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), en el marco de una inspección en el Centro de Retención Vehicular, Canódromo, en virtud del Artículo 3 de la Ley No. 19- 01.
El incidente se produjo cuando el Defensor del Pueblo, acudió a visitar el Canódromo y pese a identificarse, con el objetivo de verificar las condiciones en que se encuentran miles de vehículos ocupados por parte de la DIGESETT, a raíz de quejas presentadas por los ciudadanos ante el Defensor del Pueblo, de que no cuidan los vehículos retenidos, los entregan en malas condiciones o piden dinero a cambio.
El Defensor del Pueblo siguió el procedimiento en virtud de las facultades que le confiere la Constitución de la República Dominicana con el propósito de realizar la inspección, como lo estipula el Artículo 3 de la Ley No. 19-01 que crea esta institución, y que fue violentado por la Directora del centro vehicular y sus Subalternos.
Pablo Ulloa se dirigió al Canódromo en virtud de la Ley No. 19-01 en el Artículo 3, el cual expresa lo siguiente ̈En el ejercicio de su ministerio, el Defensor del Pueblo estar investido de plenos poderes y facultades a fin de iniciar, de oficio o a petición de parte, cualquier investigación que conduzca al esclarecimiento de actos u omisiones del sector público y de las entidades no públicas que prestan servicios públicos ̈.
̈El Defensor del Pueblo o sus adjuntos podrán inspeccionar las oficinas públicas y aquellas entidades prestadoras de servicios públicos, sin previo aviso, y requerir de ellas todos los documentos e informaciones necesarias para materializar su labor, los cuales les serán suministrados de forma gratuita ̈.
Denuncia formal ante la Sociedad Interamericana de Prensa
Todos los medios del país han condenado el atropello y uno de ellos ha realizado formal denuncia ante la Sociedad Interamericana de Prensa, por ser ser victimas de una grave violación constitucional a sus derechos, tras el atropeyo contra dos de sus reporteros.
Los agentes DIGESETT que prestan servicios en el Canódromo rompieron las cámaras de fotografías, videos y celulares a los periodistas de los diferentes medios de comunicación entre ellos, periódico Listín Diario y CDN.
El Defensor del Pueblo y su personal fueron al lugar debidamente uniformados y el objetivo de la inspección era verificar y confirmar las quejas que se habían recibido de parte de los ciudadanos.
Luego del incidente, El Defensor del Pueblo y Presidente de la FIO, Pablo Ulloa, acudió a presentar formal querella ante la Fiscalía y la Procuraduría por la agresión de la que fueron víctimas.
Sobre el Defensor del Pueblo en República Dominicana
El Defensor del Pueblo es una autoridad independiente, un ejecutor que no se encuentra sujeto a ninguna limitante más que la del apego a la Constitución y la Ley No. 19-01.
El Defensor del Pueblo tiene entre sus objetivos contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos establecidos en la Constitución y las leyes, en caso de ser violadas por funcionarios de la Administración Pública.
Sobre la FIO
La Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), congrega y representa a 103 Defensores del Pueblo, Procuradores, Proveedores, Comisionados y Presidentes de Comisiones Públicas de Derechos Humanos de 22 países iberoamericanos
El objetivo primordial de la Federación es ser un foro de discusión para la cooperación, el intercambio de experiencias y la promoción, difusión y fortalecimiento de la institución del Ombudsman en las regiones geográficas de su jurisdicción.
En concreto, entre otras finalidades específicas, pretende fomentar, ampliar y fortalecer la cultura de los Derechos Humanos en los países cuyos Ombudsman formen parte de la FIO; establecer y mantener relaciones de colaboración con organizaciones no gubernamentales que procuren el respeto, defensa y promoción de los Derechos Humanos, así como promover estudios e investigaciones sobre aspectos de su competencia, con la finalidad de apoyar el fortalecimiento del Estado de Derecho, el régimen democrático y la convivencia pacífica de los pueblos.