Tales presentaciones en la Defensoría se originan en que el programa de fertilización asistida que posee el IAPOS sigue sin adecuarse totalmente a la normativa nacional mencionada al mantener restricciones que ésta última –siendo norma de mayor jerarquía y por ende de aplicación insoslayable- no los tiene. Una situación que deriva en la afectación, lisa y llana, de los derechos de las usuarias a las que se les rechaza la cobertura de los tratamientos por esas circunstancias.
La Defensoría ha advertido ya en ocasiones precedentes tal colisión normativa e instado a las autoridades a subsanarla a través de anteriores resoluciones, pero presentaciones recientes en sus oficinas son demostrativas de que ello aún no ha acontecido por lo que, una vez más, se exhorta a las autoridades del Instituto –como así anoticiar al Ministerio de Salud de la provincia- a modificar y adecuar el Programa mencionado garantizando así el acceso de las afiliadas a estos tratamientos.
27/09/2022
DEFENSORIA DEL PUEBLO INSISTIO EN QUE EL IAPOS ADECUE SU NORMATIVA INTERNA A LA LEY NACIONAL DE REPRODUCCIÓN ASISTIDA A FIN DE NO RESTRINGIR DERECHOS DE SUS AFILIADAS
El Instituto Autárquico de Obra Social Santafesino (IAPOS), está obligado por la ley nacional de fertilización a cubrir los tratamientos de sus afiliadas a quienes les fueran prescriptos tales procedimientos por los profesionales habilitados que las asisten. La ley nacional 26.862 dispone el “acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida”. No obstante, la Defensoría recibe reclamos en contrario.