03/05/2022

ASUMIRA MAÑANA LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL ORGANO DE REVISION Y PROMOCION DE DERECHOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD MENTAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

El organismo tiene como objeto  garantizar la protección de los usuarios de los Servicios de Salud Mental que se presten en todo el territorio de la provincia.

Su creación fue ordenada por la ley provincial N° 13.733 y lo sitúa en el ámbito de la Defensoría del Pueblo donde este miércoles, desde las 11 hs. en su sala “Carlos Feruglio” del edificio de San Jerónimo 2721, los Defensores del Pueblo a/c, Jorge Henn y Gabriel Savino pondrán en funciones al frente de la secretaría a la Dra. Lucrecia Faccioli.

Faccioli fue designada luego del proceso de selección conforme la propuesta elevada por el jurado a los defensores del Pueblo el 14 de agosto de 2021; para cumplir con la mencionada ley provincial e implementar la ley nacional N° 26.657, de Salud Mental nacional.

El jurado que la designó estuvo integrado por María Graciela Iglesias, Secretaria Ejecutiva del Órgano de Revisión de Salud Mental de la Nación en representación de organizaciones de reconocida trayectoria nacional; Gabriela Viviana Perrotta, de la Universidad Nacional de Buenos Aires, (UBA), y  Silvia Grande y Marcelo Martínez, de la Universidad Nacional de Rosario, (UNR), en representación de los ámbitos académicos nacional y provincial, respectivamente; Adriana Santagati, Defensora del Pueblo de la provincia de Río Negro en representación de organizaciones de reconocida trayectoria provincial; Gisel Mahmud, diputada provincial en representación del Poder Legislativo de la provincia de Santa Fe; Mariel Andrea Chemes, en representación del Poder Judicial de la provincia de Santa Fe y la abogada Cecilia Mussi, por el Poder Ejecutivo Provincial.

Pese a las dificultades derivadas de la pandemia, que estiró los plazos estipulados, el concurso pudo llevarse a cabo gracias a la buena predisposición de los integrantes del jurado, cuya experiencia y trayectoria le aportaron la transparencia e imparcialidad que la instancia demandaba en la calificación de los postulantes en cada una de las etapas aprobadas de antecedentes, oposición y entrevista personal en audiencia pública, los informes del examen psicotécnico y el orden de mérito producto de la sumatoria de cada etapa.