Recientemente se presentaron en la Sede Rosario de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe, con intervención de la oficina local de la Defensoría de la Nación, casos de personas que señalaban haber pagado a un estudio o consultora una suma de dinero para comenzar con los trámites para el reposición del Seguro de Vida Obligatorio que la Caja Nacional de Ahorro y Seguro (que tras la privatización se dividió en La Caja de Ahorro y Seguro SA y La Caja de Seguros de Vida) les descontó durante su actividad. Esto constituye una estafa, puesto que la Caja no debe reintegrar ningún monto de dinero a los beneficiarios tras su jubilación.
Los seguros cobrados por la Caja se enmarcaban en la ley 13.003 de Seguro de Vida Colectivo Obligatorio. En dichos seguros no existía prima de ahorro ni reserva matemática (conceptos por los que sí se podría realizar un reintegro), pues la suma que aportaba el trabajador era una suma fija de su salario mensual, y a través de un contrato anual.
Ya en el año 2003, a través de la resolución N° 354/03, el Ministerio de Economía declaró improcedente los reclamos administrativos de los jubilados hacia la Caja de Ahorro y Seguro, por entender que los seguros contratados por el Estado nacional fueron seguros colectivos anuales y regidos por la ley 13.003, y no por la ley de Seguros que contempla puntos como los valores de rescate y las reservas matemáticas.
Es por ello que la Defensoría del Pueblo insta a los jubilados a estar atentos para evitar estafas de este tipo y les recuerda que siempre que tengan alguna duda respecto de sus derechos pueden acercarse a la institución, donde serán debidamente asesorados de manera totalmente gratuita.