A través de la Dirección General Asistencia Técnica en Salud y Ambiente, la Defensoría del Pueblo las quejas y reclamos relativos a este derecho colectivo, que está previsto especialmente en la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe.
El reclamo debe ser presentado, en primer lugar, ante la autoridad de aplicación o control, sea ésta provincial, municipal o comunal. De no haber respuesta, o si ésta no satisface las expectativas, el ciudadano puede presentarse ante la Defensoría del Pueblo con la documentación que posea sobre el tema reclamado. A partir de ese momento se inicia un expediente, los profesionales de la institución se entrevistan con el afectado y se toman las medidas pertinentes: oficios, pronto despacho, inspecciones.
Los reclamos más comunes son:
- Contaminación derivada de plantas cerealeras
- Contaminación de cursos de agua
- Ruidos molestados ocasionados por talleres, construcciones y salones de fiesta
- Arbolado público
- Antenas de telefonía celular
- Inconvenientes con predios baldíos
- Basurales a cielo abierto.