VISTO: El Expediente Nº 2-007429/10, y sus Acumulados Nº 2-003518/11, N° 2-006133/11, N° 2-004750/12, N° 2-005499/12, N° 2-013500/12, en virtud de los cuales se presentan a esta Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe -Zona Sur- los Peticionantes, solicitando se interceda ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, por problemas tales como: regularización habitacional, adjudicación de viviendas, escrituración, etc.;CONSIDERANDO: Que, la materia propuesta en las quejas de referencia son de competencia de esta Defensoría del Pueblo (Cfr. Arts. 1º y 24º de la Ley Nº 10.396), deviniendo las mismas admisibles y acumulándose en la presente Resolución de Archivo por tenor similar y por no requerir recomendación al respecto; Que, luego de recibir las quejas mencionadas, desde la Dirección de Gestión e Instrucción de esta Defensoría del Pueblo, los Funcionarios a cargo de la misma remitieron los Oficios pertinentes para que, desde la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, informen respecto a cada problemática quejada; Que, atento que las gestiones realizadas por los instructores a cargo de las quejas referidas en cada uno de los expedientes mencionados, han concluido con la resolución satisfactoria del caso, se considera que es menester archivar las presentes actuaciones;POR ELLO:EL DEFENSOR DEL PUEBLORESUELVE:ARTÍCULO 1º: Proceder a la acumulación de los expedientes citados en los VISTOS al solo efecto del archivo.ARTÍCULO 2°: Dar por concluidas las actuaciones de los expedientes de mención, procediendo al archivo de los mismos (Cfr. Arts. 1° y 22° de la Ley de 10.396).ARTÍCULO 3º: Regístrese, Comuníquese y Archívese.