Intervención por cupo de vivienda por discapacidad

Fecha de Publicación: 
05/09/2011
Número: 
151

VISTO:
El Expediente Nº 2-005178/11 en virtud del cual se presenta, a esta Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe, la Sra. Xxxxxxxx, DNI Nº Xxxxxxxx, solicitando se cumpla con el cupo de viviendas para ser adjudicadas a personas con discapacidad y otras en los planes de vivienda realizados por Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe;

CONSIDERANDO:
Que, la quejosa ha acreditado que su grupo familiar cuenta con una persona con Discapacidad, su hija RODRIGUEZ, MICAELA HAIDEE, DNI Nº F 37.580.802, acompañando Certificado Único de Discapacidad cuyo diagnóstico indica “Síndrome de down Retraso mental moderado”; y que se ha inscripto en el programa de Vivienda de la D. P. V. y U. en fecha 05/09/2000 (última modificación 14/04/2011) Localidad: 028 (Rosario); Registro único de inscripción Permanente Nº 16444-3.

Que, la materia propuesta en la queja referida se encuentra dentro de la esfera de competencia de esta Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe (Cfr. Arts. 1° y 22° de la Ley 10.396), por lo que la misma resulta admisible.

Que, en fecha 17 de Febrero de 2011, se dicta la Resolución N° 021, en la cual se explicitan los motivos para la asignación de viviendas a las personas con discapacidad y otras s/considerandos.

Que, las cuestiones planteadas y que motivan la presente queja son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas mediante la Resolución N° 021 supra mencionada a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad.

POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Declarar admisible la presente queja de acuerdo a lo estipulado por los arts. 22, 62 sgts. y cc. de la ley Nº 10.396.

ARTÍCULO 2º: Dar por reproducidos los fundamentos y conclusiones desarrollados en la Resolución N° 021, de fecha 17 de Febrero de 2011, dadas las similitudes entre ambos planteos.

ARTÍCULO 3°: Recomendar a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo y al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe garanticen la inclusión de la peticionante, Sra. Xxxxxxxx, DNI Nº Xxxxxxxx, en el listado confeccionado a los fines de cumplimentar con el mandato legal referido al cupo de viviendas para ser adjudicadas a personas con discapacidad y otras en los planes de vivienda realizados por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 4º: Enviar copia de la presente resolución a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo y al Ministerio de Salud, a sus efectos.

ARTÍCULO 5º: Remitir copia de la presente Resolución y de la Resolución N° 021 supra mencionada, a la peticionante, para su conocimiento.

ARTÍCULO 6º: Aprobar todas las actuaciones y gestiones realizadas por el personal de este Organismo.

ARTÍCULO 7º: Proceder al archivo del expediente una vez realizado lo resuelto en los artículos precedentes (cfr. Art. 65º de la Ley 10.396).

ARTÍCULO 8º: Regístrese, comuníquese y archívese.-

Fdo.
Dr. EDGARDO J. BISTOLETTI
DEFENSOR DEL PUEBLO
PROVINCIA DE SANTA FE