12/09/2009

Fallo contra el aumento del gas

La Defensora Adjunta para la zona sur a/c de la Defensoría del Pueblo de Sante Fe, Liliana Meotto, recibió por parte de la Delegada local de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Dra. Claudia Durigón, una comunicación donde se informa que en el día de la fecha se notificó a ese organismo nacional, la decisión juidicial dispuesta por la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, por la cual se suspendió provisoriamente la aplicación del nuevo cuadro tarifario del servicio de gas, hasta tanto se resuelva sobre el fondo de la cuestión, esto es si se declara la nulidad o no de las resoluciones que fijaron los aumentos.

La Defensora Adjunta para la zona sur a/c de la Defensoría del Pueblo de Sante Fe, Liliana Meotto, recibió por parte de la Delegada local de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Dra. Claudia Durigón, una comunicación donde se informa que en el día de la fecha se notificó a ese organismo nacional, la decisión juidicial dispuesta por la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, por la cual se suspendió provisoriamente la aplicación del nuevo cuadro tarifario del servicio de gas, hasta tanto se resuelva sobre el fondo de la cuestión, esto es si se declara la nulidad o no de las resoluciones que fijaron los aumentos. De esa manera, el tribunal dispuso que los usuarios podrán seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior, y ordenó que tampoco se podrán realizar cortes en el servicio a usuarios que no paguen las facturas que contengan los incrementos.La cámara revocó así el fallo de primera instancia que no hizo lugar a la cautelar, en el marco de una causa iniciada por el Defensor del Pueblo de la Nación, por la que pidió se declare la nulidad del decreto 2067/08, de la resolución 1451/08 del Ministerio de Planificación y de la resolución 563/08 de ENARGAS, normas que fijaron el nuevo cuadro tarifario.En la resolución judicial, el tribunal dispuso: "Revocar el pronunciamiento y, por ende, conceder parcialmente la medida cautelar solicitada por el Defensor del Pueblo de la Nación, ordenando al Ente Regulador del Gas que hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, instruya a los agentes de recaudación del cargo tarifario a que permitan que los usuarios afectados por los efectos propios del decreto 2067/08 y normas complementarias, puedan seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior al dictado de las normas impugnadas en la causa, con el carácter de pago a cuenta; y, en el caso de la falta de pago del cargo tarifario las empresas prestadoras se abstengan de suspender, interrumpir o cortar el servicio público de gas".Cabe recordar que oportunamente ante la gran cantidad de reclamos recibidos en la Defensoría de Santa Fe, y ante la falta de competencia legal de la Institución para actuar por si misma, las quejas fueron elevadas para ser agregadas al reclamo impulsado por la Defensoría de la Nación, que ayer obtuvo esta sentencia favorable.