Es por ello que la Defensoría del Pueblo recomienda a los ciudadanos que presten especial atención a la hora de abonar el Impuesto Inmobiliario o la Patente a través del home banking y que, en caso de que decidan pagar el total anual para acceder al descuento, cancelen sólo el ítem identificado como cuota 009/16, que tiene un valor sensiblemente mayor y que para el caso del Impuesto Inmobiliario tiene vencimiento el 4 de febrero y para la Patente el 12 del mismo mes. Si, en cambio, deciden pagar las cuotas durante el año, deben seleccionar sólo la primera cuota.
En caso de dudas, consultas o reclamos, la Defensoría del Pueblo recuerda que en Rosario atiende en su sede provisoria de Tucumán 1681. Más información en www.defensorsantafe.gob.ar.