A raíz de las diversas presentaciones judiciales que cuestionan la aplicabilidad de la ley provincial N° 13.441 (conocida como Ley de Descanso Dominical) realizadas por los sujetos obligados a su cumplimiento, la Defensoría del Pueblo de Santa Fe consideró que sería adecuada una definición sobre este tema por parte de la Corte Suprema de Justicia de la provincia.
En virtud de los derechos en pugna, la Defensoría evaluó que el máximo tribunal provincial cuenta con la capacidad de abordar estos conflictos (planteados ante distintos tribunales con disímiles resoluciones y en distinto estado de avance), considerando oír a los interesados y resolver a la brevedad posible, de manera de evitar desigualdades evidentes entre los actores involucrados.
Por último, la institución recordó que ésta es una norma jurídica sancionada por los poderes constituidos en forma democrática, cuyo afán protectorio de los trabajadores y de la calidad de vida de la comunidad no puede soslayarse.