Oportunamente y por pedido del Enargas (Ente Nacional Regulador del Gas), la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe firmó un convenio para recibir las solicitudes de usuarios a quienes les corresponde mantener el subsidio otorgado por el Estado Nacional.
El trámite puede ser presentado en la sede Rosario de la Defensoría del Pueblo(Pasaje Álvarez 1516, frente a la plaza Pringles), en la sede de la ciudad de Santa Fe (Eva Perón 2726) en el horario de 8 a 18, así como en todas las Delegaciones provinciales.
Pueden mantener el subsidio en el servicio según las normas vigentes, quienes puedan acreditar una o más de las siguientes condiciones:
- Padecer una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.
- Percibir como único ingreso previsional el equivalente a un haber mínimo.
- Percibir pensiones no contributivas.
- Ser beneficiario de algún plan o programa social (Asignación Universal por Hijo, Subsidios por Desempleo, Plan Familia, etc).
- Tener el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc).
- Percibir alguna asignación familiar.
- Contar con certificado de discapacidad.
- Poseer ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
- Encontrarse exento del pago de tasas municipales.
- Poseer vivienda con características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo del servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los otros servicios públicos, etc).
- Poseer vivienda con un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etc).
- Poseer vivienda en la cual conviven múltiples hogares.
Quienes puedan acreditar cualquiera de estas situaciones y deseen mantener el subsidio, deben presentarse en la Defensoría del Pueblo de la provincia con la factura del servicio de gas natural, el DNI y la documentación respaldatoria para comenzar el trámite.
Cabe señalar que la Defensoría es encargada de recibir las presentaciones y no tiene facultad para tomar la determinación final de quiénes serán o no beneficiarios del subsidio.