15/03/2023

EN LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE SANTA FE SE ANALIZÓ LA CONVENIENCIA DE TENER UN OBSERVATORIO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

En ese tema coincidieron el abogado y profesor de Derecho del Consumidor, Gonzalo Sozzo, y el Defensor del Pueblo, Jorge Henn, al considerar que a través de él se pueden definir políticas y acciones concretas.

En el día mundial de los Derechos del Consumidor, el defensor del Pueblo a/c Jorge Henn recibió en la sede Santa Fe, al Dr. Gonzalo Sozzo, docente de Derecho del Consumidor, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, de la Universidad del Litoral; para dialogar sobre los nuevos desafíos que plantean los avances tecnológicos y la prevalencia de reclamos vinculados a las transacciones por vía electrónica.

En ese sentido, consideraron un avance la ampliación en la protección de los consumidores la incorporación en el comercio electrónico de los denominados botones de baja y de arrepentimiento.

El botón de baja implica la obligación de ciertos proveedores de facilitar en sus sitios web un link de acceso de acceso sencillo y directo para que los consumidores puedan tramitar la cancelación de sus servicios. En tanto, el botón de arrepentimiento tiene un sentido similar ya que los proveedores tienen que facilitar

un link de acceso fácil y directo en sus sitios web, para que los consumidores puedan revocar la aceptación de la compra de un producto o la contratación de un servicio, de forma gratuita y sin expresión de causa. Para ello poseen un plazo de 10 días corridos contados desde que se entregó el producto o se celebró el

contrato.

Henn estuvo acompañado por las directora y subdirectora de Atención a la Ciudadanía, Dras. Laura Santamaría y  Adriana Garrido y el Dr. Diego Lauría, subdirector de Protección de Derechos Civiles y Sociales.

Este 15 de Marzo se celebra el Día Mundial de los Derechos de los Consumidores. La protección de los consumidores y usuarios posee jerarquía constitucional desde la reforma del año 1994, estableciendo en su artículo 42 que “tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.”

En nuestro país, la ley 24.240 establece los derechos de los consumidores y las obligaciones de los proveedores en las relaciones de consumo. La norma define a la relación de consumo como el vínculo jurídico entre el proveedor de un bien o servicio y el consumidor final o usuario del mismo. Incluye, entre otros rubros, la protección de los usuarios y consumidores en materia de seguros, locaciones con destino habitacional, los productos y servicios adquiridos a los bancos, los contratos de tarjeta de crédito, los servicios públicos domiciliarios (luz, agua, electricidad, entre otros), electrodomésticos, telefonía, informática, indumentaria, rodados, servicios turísticos, sólo por mencionar algunos de ellos.

La protección legal incluye el antes, durante y después en la relación de consumo. Esto implica que la normativa ampara al consumidor antes de la contratación (por ejemplo, al regular la oferta realizada al público); durante la misma (por ejemplo, al disponer el derecho a recibir un ticket o comprobante de la compra realizada) y con posterioridad (por ejemplo, a través de la regulación de la obligación de garantía de los productos).

La protección de los derechos hacia los consumidores y usuarios tiende a equiparar una situación de hecho de manifiesta desigualdad que tienen en relación con las empresas que poseen productos o servicios. Entre otras razones, la relación es desigual porque existe un desequilibrio en la capacidad de negociación, y en el acceso a la información de unos y otros.

Las distintas jurisdicciones del país poseen organismos encargados de controlar el correcto cumplimiento de la normativa de consumo. Allí los consumidores pueden efectuar denuncias en caso que entiendan que sus derechos no están siendo respetados.

Por cualquier situación que se presente y que requiera asesoramiento, pueden contactarse con la Defensoría del Pueblo a través de cualquiera de los canales virtuales o acercarse a nuestras sedes.