La Secretaria Ejecutiva del Órgano de Revisión y Promoción de Derechos de los Usuarios de los Servicios de Salud Mental de la provincia de Santa Fe, Lucrecia Faccioli, procede a realizar las convocatorias para la integración del Consejo Directivo, que tiene como funciones definir las políticas y lineamientos estratégicos de sus intervenciones en el marco de los objetivos asignados.
Se compondrá de la siguiente manera:
- Una persona (1) representante por la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe.
- Dos personas (2) representantes del Ministerio de Salud, pertenecientes a la Dirección Provincial de Salud Mental de esa jurisdicción.
- Dos personas (2) representantes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, correspondientes a la Secretaría de Derechos Humanos.
- Dos personas (2) representantes por los Colegios Profesionales con incumbencias en materia de salud mental.
- Dos personas (2) representantes de los trabajadores/as que se desempeñen en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia.
- Cuatro personas (4) representantes de las Asociaciones de Usuarios/as de Salud Mental de la Provincia.
- Dos personas (2) representantes de organizaciones de la sociedad civil abocadas a la salud mental y/o la defensa de los derechos humanos.
La actuación de los integrantes del Consejo Directivo será, en todos los casos ad honorem; durarán en sus cargos dos años, pudiendo ser renovados; y en su integración se deberá alcanzar una representación equilibrada entre géneros sobre la base de los principios de igualdad y no discriminación y del territorio provincial.
En todos los casos las instituciones deberán proponer titulares y suplentes.
Las personas y asociaciones interesadas deberán completar el formulario de inscripción disponible en la página web de la Defensoría del Pueblo https://www.defensoriasantafe.gob.ar/convocatoria-consejo-directivo-salu...
adjuntando la documental requerida y respaldatoria de sus antecedentes, escaneada en soporte digital en archivo no modificable.
Para todos los efectos legales deberán regirse por lo normado en la ley provincial n° 13.733 y su decreto reglamentario n° 1369/19, que se entiende conocida y aceptadas al momento de la inscripción.
Mayores consultas se podrán efectuar escribiendo al correo electrónico: