La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe recomendó al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social eliminar el vencimiento en las órdenes de consulta y cambiar el mecanismo de actualización de los valores de coseguros.
Entiende que el ajuste debe estar fundado en estudios técnicos sobre los costos reales de las prestaciones, la situación institucional y la estricta necesidad, más aún por tratarse de un sistema solidario y por ser la salud un derecho humano esencial.
La actuación se inició a partir de una presentación efectuada por la Asociación sindical del personal del IAPOS cuestionando la disposición n° 000014 del 19 de marzo del presente año, que fijó nuevos valores para los coseguros y estableció fecha de vencimiento en las órdenes de consulta.
La resolución, firmada por los dres. Analía Colombo, Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes; y Luciano Leiva, Defensor adjunto para la zona Norte de la provincia; ambos a cargo de la Defensoría del Pueblo considera desatinado el fundamento del aumento del valor de las órdenes médicas para evitar distorsiones cometidas por los prestadores, para regular la demanda y obtener una mayor recaudación.
De 5 pesos que costaban las órdenes en febrero pasado se incrementaron a 18 pesos en el mes de setiembre del corriente año, tan sólo 6 meses después. Este incremento se da en un contexto financiero de la obra social superavitario (más de 237 millones de pesos a fines de 2013).
“Este organismo considera razonable que se establezca un mecanismo de actualización de los valores de las órdenes de consulta o prestación. Sin embargo los niveles de superávit del IAPOS –desde 2008 a 2013- sugieren una fórmula más benévola para el afiliado en general”.
La resolución de la Defensoría remarca que en estas disposiciones no se ha tenido en cuenta a los sectores más vulnerables, como jubilados y pensionados y pacientes con enfermedades crónicas.
Sobre el vencimiento de las órdenes “Creemos que la mayoría de los afiliados las compran cuando efectivamente las necesitan y puede que se adquieran algunas adicionales para su eventual utilización ante una urgencia”. Nos preguntamos, señala el organismo, cuál es el perjuicio que causaría a la obra social que un afiliado utilice una orden el día 60 o 70.
Si se quiere evitar que los médicos exijan dos o más órdenes de consulta a sus pacientes no puede castigarse al más débil, que es el afiliado. Debe mencionarse que otro tema que no ha podido ser revertido es el cobro de plus a los afiliados por gran parte de los profesionales.
La resolución de la Defensoría del Pueblo recomienda a la dirección del IAPOS que analice la implementación de controles de oficio sobre los prestadores.